Comisión de Presupuesto y Proyectos de Inversión
Comisión de Presupuesto y Proyectos de Inversión

Presidente/a:
Vicepresidente/a:
Integrantes de la Comisión:
Descripción de la Comisión:
Es la comisión que tiene como objeto analizar y estudiar la asignación y gestión de las distintas dimensiones del presupuesto del gobierno regional a través de la ejecución de los planes e instrumentos financieros y las decisiones del consejo regional.
Funciones de la Comisión:
- Estudiar y proponer, sobre la base de la proposición del ejecutivo del gobierno regional, aprobar, modificar o sustituir el proyecto de presupuesto regional, así como sus respectivas modificaciones.
- Proponer, sobre la base de la proposición del ejecutivo del gobierno regional, distribuir por ítems o marcos presupuestarios los recursos del o los programas de inversión y funcionamiento del Gobierno Regional que correspondan a la región, conforme al artículo 73 del DFL 1-19.175, y los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional. Cada ítem o marco presupuestario se aprobará con la respectiva descripción de directrices, prioridades y condiciones en que debe ejecutarse, en la que se establecerá, entre otros, los criterios objetivos para la asignación de los recursos. Lo anterior, de acuerdo con el DS N°24 del año 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
- Proponer al Consejo la aprobación de la distribución de los recursos que se conocieron y aprobaron respecto del presupuesto del gobierno regional.
- Efectuar el análisis, y pronunciarse referente a la distribución del presupuesto ejecutado y disponible para iniciativas bajo las 7000 UTM.
- Conocer, analizar y pronunciarse sobre los informes trimestrales del Programa Público de Inversión Regional (PROPIR) y su relación con la Estrategia Regional de Desarrollo (ERD) y lo dispuesto en el inciso final del artículo 73 de DFL 1-19.175.
- Estudiar y proponer, sobre la base de la proposición del ejecutivo del gobierno regional, respecto del anteproyecto regional de inversiones a que se refiere el artículo 71 DFL 1- 19.175.
- Sin perjuicio de las facultades resolutivas de este consejo regional sobre la base de la propuesta del ejecutivo del gobierno regional, podrá esta comisión de trabajo estudiar y proponer al Pleno del Consejo Regional, recomendar al ejecutivo del gobierno regional la suscripción de convenios de programación específicos y/o la implementación de acciones de interés regional sobre materias mencionadas en este artículo.
- Proponer la aprobación de convenios territoriales y los convenios de programación de inversiones.
- Proponer los integrantes para participar en la construcción del anteproyecto regional de inversiones.
- Tomar conocimiento y participar en la elaboración del Anteproyecto Regional de Inversión (ARI), en tiempo y forma.
- Análisis del Anteproyecto Regional de Inversión (ARI), y ajustar a la ley de presupuestos del sector público, efectivamente aprobada para el año correspondiente.
- Proponer miembros del consejo regional que participen en representación del consejo regional en la discusión presupuestaria.
- Evaluar y fiscalizar la ejecución presupuestaria del Gobierno Regional.
- Las demás que este Reglamento o la comisión de gobierno y relaciones institucionales acuerde encomendarle, sin perjuicio de las materias que sean propias de otra comisión de trabajo.